FAEVYT pide a la ANAC su intervención por tema Alitalia
Con la firma de su Presidente y Secretario, Gustavo Hani y Walter Rodriguez respectivamente, la FAEVYT curso una carta a la responsable de la ANAC, pidiéndole se convoque a audiencia en carácter de urgente por las medidas adoptadas por Alitalia, frente a su cierre.
A la Señora
Administradora Nacional de la ANAC
Lic. Paola Tamburelli
Presente
Ref: Situación ALITALIA SE CONVOQUE A URGENTE AUDIENCIA.
De nuestra consideración:
Nos dirigimos a la señora Directora Nacional para solicitar su intervención en tanto usted resulta ser autoridad de aplicación, debido a la grave situación que se plantea partir de la comunicación oficial emitida unilateral e intempestivamente por la compañía ALITALIA SOCIETA AÉREA ITALIANA S.p.A. y el cese de sus operaciones comerciales.
A partir de tal información de la víspera recurrimos a Usted para que tome intervención directa en salvaguarda de los intereses tanto de las empresas de viajes y turismo de la República Argentina como de los usuarios del transporte aéreo que tienen contrato con dicha línea aérea, en tanto el comunicado que junto con la presente se acompaña no contiene una solución concreta a la enorme cantidad de conflictos que se presentarán en virtud de tal cese operacional.
El tema, debido a la amenaza que planteaba, fue puesto de manifiesto en la carta que esta institución despachó a Ud. por Correo Argentino CD-15648560-AR entregada el día 6 del corriente y que, a la fecha —lamentablemente— esa Administración Nacional no respondió.
Hoy, el problema es actual y concreto.
La aerolínea —en su comunicación oficial— no provee información sobre cómo transportará a los pasajeros que tienen tickets de viaje y que no desean recibir reembolso de dinero sino la prestación comprometida -es decir, el cumplimiento en la misma especie- y tampoco respecto de aquellos que tienen millas acumuladas en su sistema de viajero frecuente a través del contrato de millaje, todo lo cual devendrá en una situación caótica de la que la aerolínea italiana parece no hacerse eco.
La conducta comercial adoptada por la línea aérea resulta irregular por cuanto vulnera y gravita principios generales como el establecido en el art. 9° CCyC, tanto como el art. 961 CCyC que nos indican que los contratos deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse de “buena fe” en tanto no honraría las obligaciones contractualmente asumidas, vulnerando así todos los principios del derecho privado, consumeril de orden público y aeronáutico, tanto nacional como internacional, vigente en la República.
En atención a lo precedentemente señalado, solicitamos tenga a bien convocar con suma urgencia a la aerolínea indicada a fin de que informe de manera concreta y fehaciente en ese ámbito qué medidas de protección para los pasajeros prevé adoptar a fin de honrar los compromisos ya asumidos en los contratos de transporte aéreo en los términos de la Res. 1532/98 MEOySP, como así respecto de los contratos de millaje y de los derechos que se derivan de la emisión de vouchers por billetes no volados durante el período marzo-2020 a la fecha, todo ello en virtud de la normativa constitucionalmente consagrada respecto del amparo a los consumidores, y normas internacionales de transporte aéreo, considerando a ITA —la nueva empresa italiana— como continuadora de la que cesa en sus operaciones comerciales.
Sin otro particular, quedamos a la espera de la convocatoria solicitada juntamente con la presencia del representante de la aerolínea, todo ello con el fin de colaborar en aportar soluciones que mitiguen los perjuicios se generan con la política informada a las agencias de viajes cuanto a los usuarios.
Saludamos a Usted con la más alta consideración.