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Avanza el proyecto de ley para regular los alquileres temporarios

La iniciativa es promovida por una senadora santacruceña y recibió un amplio apoyo en un plenario de comisiones. Está así en condiciones de ser tratada en una próxima sesión. 

La Senadora Nacional por Santa Cruz, Ana María Ianni, trabajó sobre un texto que quiere contribuir a regular un aspecto de la problemática habitacional actual en la Argentina y sus principales centros turísticos, en un contexto de falta de viviendas para residencia permanente. 

El proyecto de ley se focaliza en la necesidad de regular la oferta de viviendas de alquiler turístico temporario. Tiene un doble propósito: aportar una solución enfrentando uno de los factores que genera la crisis habitacional en los destinos turísticos; y combatir la informalidad y la competencia desleal en el ámbito del turismo, protegiendo al consumidor. 

La Senadora Ianni expresó que “es un paso muy importante para el turismo en nuestro país. Quiero destacar el trabajo consensuado que venimos llevando adelante desde principios de año con Fehgra, la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina, junto a otras asociaciones del sector y la Federación Nacional de Inquilinos”.

La política puso en valor el rol del Estado “como promotor, como fiscalizador, como habilitante y sobre todo como un socio estratégico de aquellos que invierten y dan trabajo o que dan la posibilidad a las personas de poder vivir de forma permanente en una vivienda”. 

Acerca del Proyecto de Ley

– Propone crear un Registro Nacional de Viviendas de Alquiler Turístico Temporario.

– Se considera vivienda de alquiler con fines turísticos a aquellas utilizadas por un periodo de entre 1 y 90 pernoctes por año. 

– Las plataformas digitales que ofrezcan, intermedien, o celebren contratos de locación temporarios con fines turísticos, deberán habilitar un campo especial para que el propietario informe el número de inscripción ante el registro de cada unidad; dar de baja o suspender toda publicación que no posea dicho número; utilizar la moneda nacional para los anuncios, ofertas y el cobro de tarifas efectuado a los huéspedes cuando se trate de transacciones realizadas a través de medios de pagos electrónicos nacionales.

– En caso de que la plataforma no cumpliera con esta medida, podrá ser apercibida, multada o suspendida en forma definitiva.

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