¿Qué dice del turismo el primer DNU del Presidente Milei?
Varios medios dan por confirmado el nombramiento de Yanina Martínez al frente de una secretaría de Turismo. Otros usan el condicional. Los textos oficiales no confirmaban nombres hasta el momento del cierre de esta edición.
El DNU publicado ayer en el Boletín Oficial recuerda que “resulta necesario adecuar las disposiciones de la Ley de Ministerios y los objetivos planteados con el propósito de racionalizar y tornar más eficiente el actuar del Estado Nacional”. El texto presenta los ministerios presentado por el Presidente Javier Milei. Turismo vuelve a ser una secretaría, y el texto oficial menciona al sector varias veces.
En la nueva organización del Estado, “los compromisos y obligaciones asumidos por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y por el Ministerio de Turismo y Deportes estarán a cargo del Ministerio del Interior, considerándose transferidos los créditos presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con sus cargos y dotaciones vigentes a la fecha, hasta tanto se aprueben las estructuras correspondientes”.
Al mismo tiempo, en el Artículo 17, se precisa que “compete al Ministerio del Interior asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente al gobierno político interno y al ejercicio pleno de los principios y garantías constitucionales, asegurando y preservando el régimen republicano, representativo y federal; a la promoción y desarrollo en el país de la actividad turística, a la definición y ejecución de políticas de desarrollo de la actividad deportiva de alto rendimiento, amateur y de recreación; a la política ambiental y el desarrollo sostenible y a la utilización racional de los recursos naturales, y en particular”:
– Entender en la determinación de las políticas de Turismo y Deportes en el ámbito Nacional.
– Entender en lo relativo a la promoción y desarrollo en el país de la actividad turística interna y del turismo internacional receptivo.
– Intervenir, en el ámbito de su competencia, en las cuestiones relacionadas con las inversiones en materia turística.
– Coordinar el accionar del Consejo Federal de Turismo y del Consejo Nacional del Deporte y la Actividad Física.
– Ejercer, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, la representación de la República Argentina en reuniones, foros y ámbitos internacionales vinculados con la promoción del turismo y el deporte.
– Entender en todo lo relativo a la aplicación de la Ley Nacional de Turismo Nº 25.997
– Administrar el Fondo Nacional de Turismo.
– Entender, en forma conjunta con el Ministerio de Infraestructura, en la elaboración, ejecución y coordinación de la política nacional de navegación aerocomercial, exclusivamente relacionada al área de turismo.
– Participar en las acciones referidas a la percepción, depósito y fiscalización del impuesto sobre pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares y no regulares de pasajeros.
– Establecer políticas activas de promoción, desarrollo turístico y fomento del turismo social, de acuerdo con criterios de calidad, accesibilidad y sustentabilidad.
– Generar y difundir información estadística turística y deportiva.
– Presidir el Comité Interministerial de Facilitación Turística y el Instituto Nacional de Promoción Turística”.
Más adelante, el Artículo 18 aclara que “compete al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a las relaciones exteriores de la Nación y su representación ante los gobiernos extranjeros, la Santa Sede y las entidades internacionales en todos los campos del accionar de la República, y en particular intervenir en la promoción del turismo en el exterior, atendiendo a las orientaciones de política económica global y sectorial que se definan, en coordinación con el Ministerio del Interior”.