Cambia el monto de dinero que se puede llevar al exterior sin declarar
ARCA, el ente recaudador, establece los límites de valores para bienes o divisas que uno puede ingresar al país desde el extranjero. Pero también informó sobre los nuevos importes que se pueden llevar al salir hacia el exterior.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció una actualización y unificación de las regulaciones sobre el ingreso y egreso de dinero en efectivo, metales preciosos e instrumentos monetarios al país. Estos cambios se alinean con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), del cual la Argentina es miembro desde el año 2000. Buscan reforzar los controles aduaneros en materia de prevención del lavado de dinero y financiación del terrorismo.
A partir de la nueva resolución, los viajeros que ingresen o salgan del país deben declarar ante la aduana si transportan valores iguales o superiores a US$ 10.000 o su equivalente en otras monedas (US$ 5.000 en el caso de menores de 16 años no emancipados). Esto incluye:
- dinero en efectivo, tanto en moneda nacional como extranjera.
- instrumentos negociables al portador, como cheques o documentos de pago sin destinatario específico.
- metales preciosos amonedados, tales como monedas de oro o plata.
Aquellos que superan el monto permitido deben completar el formulario OM 2249-A al ingresar al país, el cual es emitido por el servicio aduanero y tiene que ser firmado por el declarante. En caso de salida de moneda nacional o instrumentos negociables en pesos argentinos, se debe utilizar el formulario OM 2250-B. Ambos formularios pueden descargarse desde el sitio web de ARCA, permitiendo a los viajeros anticipar la gestión antes de su llegada a la aduana. El valor de los bienes declarados en moneda extranjera se calcula con base en el tipo de cambio comprador o vendedor del Banco de la Nación Argentina, según corresponda:
- para el ingreso al país, se toma el tipo de cambio comprador al cierre del día hábil anterior al ingreso.
- para el egreso del país, se aplica el tipo de cambio vendedor al cierre del día hábil anterior a la salida.
Esto permite una conversión estandarizada de los montos, evitando discrepancias en la valuación de los bienes declarados.
El incumplimiento de la normativa puede derivar en sanciones y medidas cautelares, según lo establecido en el Código Aduanero. Además, en caso de detectarse movimientos sospechosos, ARCA tiene la obligación de informar a la Unidad de Información Financiera (UIF), con el objetivo de prevenir delitos como el lavado de activos y la financiación del terrorismo. Los viajeros en tránsito portadores de montos superiores a los permitidos deben utilizar el formulario OM 2249-A y consignar la palabra “Tránsito”.