Turismo aventura: “no hay manera de que sea 100% seguro”
En el quinto episodio de A Fondo, el ciclo Youtube de Rèport Travel Media, dos abogadas especialistas analizaron las responsabilidades legales, los deberes de información y seguridad, y las precauciones que se deben tomar antes de contratar una actividad de aventura.
El turismo aventura es una de las modalidades que más crece dentro de la industria turística, impulsada por la búsqueda de experiencias en la naturaleza, actividades físicas al aire libre y propuestas más inmersivas. Pero detrás de esa expansión aparece una pregunta clave: si un turista tiene un accidente durante una actividad, ¿quién responde? Ese fue el eje del quinto episodio de A Fondo, el ciclo de Rèport Travel Media que se puede ver en Youtube. En la charla, dos especialistas legales y referentes del sector abordaron los riesgos, obligaciones y responsabilidades que atraviesan a prestadores, agencias y viajeros cuando se contratan experiencias como rafting, trekking, cabalgatas, esquí, tirolesa, parapente, kayak, mountain bike o caminatas en ambientes naturales.
“En turismo aventura tenemos que considerar que el prestador tiene ciertas obligaciones que cumplir. Yo diría que tiene una responsabilidad objetiva”, explicó la Dra Andrea Quevedo Peluso, del grupo Abogados en Turismo. Esa responsabilidad puede modificarse solo frente a situaciones excepcionales, como la llamada culpa de la víctima. “Si voy a hacer tirolesa y me saco el arnés, ese es el eximente: la culpa de la víctima. Si no, en principio, la responsabilidad es del prestador”, precisó.
El marco de protección para el turista está dado por la Ley de Defensa del Consumidor, el Código Civil y Comercial y el artículo 42 de la Constitución Nacional, que reconoce el derecho de los consumidores a recibir información adecuada y a contar con condiciones de seguridad. En este tipo de actividades, dos deberes aparecen como centrales: el deber de información y el deber de seguridad.
“El turismo aventura lleva consigo un riesgo, y ese riesgo debe ser informado y asumido por el turista”, explicó la Dra. Marisa Venuto, durante la charla. Pero esa información no puede ser genérica ni informal. Debe ser clara, precisa, previa, por escrito, en idioma comprensible para todos los participantes y en un documento separado, no escondida dentro de una entrada, un voucher o una letra pequeña. Además, debe explicitar los riesgos reales de la actividad, incluso los más graves.
La comparación utilizada por las especialistas fue la del consentimiento informado en medicina. Antes de una práctica médica, el paciente debe conocer riesgos y posibles consecuencias. En turismo aventura ocurre algo similar: quien participa debe hacerlo con conciencia de lo que implica la actividad. “A mayor riesgo, mayor información es la que se tiene que brindar”, señalaron las profesionales.
Ese consentimiento, sin embargo, no elimina automáticamente el derecho a reclamar. Firmar un documento no significa que el prestador quede exento de responsabilidad. Si hubo negligencia, falta de información adecuada, equipos en mal estado o incumplimiento de protocolos, la responsabilidad subsiste. “Lo que nunca va a poder eximirse es la negligencia del prestador”, advirtieron las dos abogadas.
Los ejemplos son concretos: un arnés defectuoso, un paracaídas que no abre, chalecos salvavidas insuficientes, elementos vencidos, falta de charla previa, ausencia de guías capacitados o decisión de realizar una actividad pese a condiciones climáticas adversas pueden configurar negligencia. La charla previa, además, no reemplaza la información personalizada. Ambas instancias deben existir.
Otro punto clave es la declaración jurada de salud. Los prestadores deberían solicitarla para saber si el participante tiene condiciones físicas, médicas o de edad que desaconsejen la práctica. Si el turista falsea esa información y participa pese a haber sido advertido sobre los riesgos, podría configurarse culpa de la víctima. “Si yo tengo una patología previa y me informaron que no era aconsejable hacer esa actividad, pero no lo declaro, después no podría reclamar diciendo que fue culpa del operador”, se explicó.
La responsabilidad también alcanza a las agencias de viajes. Si el turista contrata la actividad a través de una agencia y esta a su vez trabaja con un prestador externo, rige la responsabilidad solidaria de toda la cadena de comercialización. La víctima puede reclamar a la agencia, al prestador o a ambos. Luego, internamente, podrá haber acciones de repetición entre empresas, pero frente al turista los actores de la cadena responden.
Por eso, las especialistas recomendaron contratar actividades a través de agencias o prestadores registrados. “Si contrato con un prestador que está inscripto en un registro, me aseguro de que va a tener seguros y cobertura”, indicaron. También subrayaron que la agencia debe verificar que los prestadores con los que trabaja estén habilitados, cuenten con seguros de responsabilidad civil y accidentes personales, y cumplan con las exigencias provinciales o municipales.
La regulación del turismo aventura en la Argentina no es uniforme: cada provincia, e incluso algunos municipios, tienen sus propios registros y requisitos. En algunos casos se exigen cursos, actualizaciones, habilitaciones específicas y certificaciones para operar en entornos naturales. Para el turista, esto implica asumir un rol más activo: preguntar, verificar y no contratar solo por precio o comodidad.
El episodio también puso el foco en un punto muchas veces desconocido: las asistencias al viajero pueden excluir actividades de turismo aventura. Por eso, antes de contratar una excursión, conviene revisar si la cobertura incluye ese tipo de práctica o si se necesita una póliza adicional. En el caso del turismo estudiantil, se recordó que la normativa excluye el turismo activo dentro del contrato, por tratarse de actividades de mayor riesgo con menores de edad, lo que obliga a un tratamiento diferenciado y a consentimientos específicos.
En la segunda parte del episodio participaron Diego Noia, presidente de la Asociación Argentina de Ecoturismo y Turismo Aventura, y Laura Simone, coordinadora de Desarrollo de Destinos Turísticos de la Secretaría de Turismo y Ambiente. Ambos ampliaron la mirada sobre el crecimiento del segmento y la necesidad de profesionalizar la seguridad.
Diego Noya definió al turismo aventura a partir de tres variables: actividad física, ambiente natural e intercambio cultural. En los últimos años, explicó, también ganó peso la dimensión gastronómica e identitaria, especialmente cuando las experiencias se vinculan con comunidades locales. Laura Simone, por su parte, destacó que la naturaleza es la protagonista y también la que impone las condiciones: “El ambiente es el que marca el ritmo de la actividad”. Los especialistas coincidieron en que no existe una actividad en la naturaleza totalmente libre de riesgo. Incluso experiencias consideradas suaves, como un avistaje de fauna o un sendero corto, pueden estar atravesadas por variables climáticas, geográficas o ambientales. “No hay manera de que sea 100% segura. Muchas veces los accidentes pasan aun tomando todas las medidas”, señaló Diego Noia.
La diferencia está en la gestión del riesgo. Prestadores y guías deben contar con planes de contingencia, protocolos, capacitación en primeros auxilios y criterios claros para suspender o reprogramar una actividad cuando las condiciones no son adecuadas. En ese sentido, se mencionaron certificaciones como Wilderness First Responder, una formación internacional en primeros auxilios avanzados en ambientes agrestes que ya es valorada por operadores internacionales y exigida en algunos registros provinciales.
“La seguridad va de la mano de la calidad”, remarcó Diego Noia. Para los prestadores, la capacitación dejó de ser un valor agregado y se convirtió en una condición de competitividad, especialmente cuando trabajan con mercados internacionales. Para los turistas, en tanto, la recomendación es simple y se debe preguntar quién guía la actividad, qué certificaciones tiene, qué seguros cubren la experiencia, qué equipamiento se utiliza y qué ocurre si se cancela por clima.
El auge del turismo de naturaleza también explica por qué estas discusiones se vuelven cada vez más relevantes. Según se mencionó en el episodio, el turismo de naturaleza crece alrededor de un 5% anual a nivel mundial y representa cerca del 20 % del turismo global. En la Argentina, aproximadamente tres de cada diez turistas extranjeros llegan motivados por actividades en la naturaleza.
La pandemia aceleró ese cambio de hábitos. Más viajeros buscan desconectar de la rutina urbana, moverse, respirar aire libre y ser protagonistas de experiencias en paisajes naturales. Crecen el senderismo, el avistaje de fauna, las travesías, las cabalgatas, el kayak, el cicloturismo y las propuestas de aventura suave o “soft adventure”, orientadas a parejas, familias y grupos de amigos.
Pero ese crecimiento exige más información, más responsabilidad y más profesionalización. Para los prestadores, implica cumplir con normas, seguros, habilitaciones, equipamiento adecuado y comunicación clara de los riesgos. Para las agencias, verificar a quién contratan. Para los turistas, dejar de asumir que todo es “fácil” o “apto para cualquiera”.
Se puede ver en: https://www.youtube.com/watch?v=gSLFD5v8ODI.