Atención digital por parte de las agencias
En el marco del DNU 260/2020 de emergencia sanitaria y para evitar la propagación del coronavirus, el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación determinó que las agencias de viajes “tendrán la facultad de atender al público exclusivamente por canales electrónicos durante 30 días”. Las agencias tendrán que informar a los clientes con quienes tengan contratos pendientes los canales digitales de atención. Además, deberán exhibir esos datos en la puerta de sus empresas. Finalmente, y con el objetivo de resguardar las fuentes laborales, el ministerio definió que hasta dos agentes podrán compartir sus estructuras funcionales en un local por un año.