CABA exime del pago de ABL a hoteles y restaurantes
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dispuso la exención del pago del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa de Servicios Generales al sector durante los primeros seis meses del año.
La iniciativa fue impulsada por el Ente de Turismo de la Ciudad y la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Quedó oficializada mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial porteño. Según indicaron desde el Ejecutivo local, el objetivo es consolidar el desarrollo de dos actividades consideradas estratégicas para la generación de empleo y divisas en la ciudad.
De acuerdo con la normativa, los contribuyentes alcanzados deberán solicitar el reconocimiento de la exención a través del Trámite a Distancia del Sistema Administrativo de Documentos Electrónicos. El plazo para completar el registro vence el 31 de marzo.
La presentación deberá incluir, entre otros datos, el número de partida inmobiliaria, el domicilio de explotación inscripto en el Registro de Domicilio de Explotación (RDE), la actividad declarada en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos según el nomenclador NAES, y, en caso de corresponder, la información vinculada a contratos de locación o comodato, incluyendo datos del locatario o comodatario y su CUIT.
La resolución también contempla la situación de aquellos contribuyentes que hayan abonado de manera anticipada el pago anual del ABL. En esos casos, se reconocerá un crédito fiscal equivalente a seis doceavas partes del monto ingresado, que será imputado de oficio para la cancelación de obligaciones correspondientes al ejercicio fiscal 2027.
