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Anuncian disposición transitoria para el REPRO II

De acuerdo a la Resolución 198/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, el Programa de Recuperación Productiva REPRO II establecerá condiciones específicas en los sectores críticos para los salarios devengados durante abril 2021.

El monto del beneficio alcanzará un máximo de 18 mil pesos. En el caso que la remuneración neta percibida por el trabajador o la trabajadora sea inferior a dicho valor, el subsidio será igual a la remuneración neta.

Según la disposición transitoria del artículo 6, para obtener el beneficio se deberá presentar una reducción inferior al 20% en términos reales entre la facturación para el periodo comprendido entre el 1 y el 20 de abril 2021 y el mismo periodo de 2019.

El Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa REPRO II expresará en términos nominales la variación real definida en este apartado. Además, el indicador de liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente) para marzo 2021 deberá presentar un valor máximo que será definido por el mismo comité.

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