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Masiva desregulación de la economía y el turismo

A diez días de asumir la presidencia, Javier Milei anunció un DNU que busca desregular y transformar de raíz la economía argentina. El turismo, alcanzado de lleno por varias reformas: la derogación de la Ley de Agencias de Viaje; la cesión, total o parcial, del paquete accionario de Aerolíneas Argentinas a sus trabajadores; y una política de cielos abiertos.

“Bases para la reconstrucción de la economía argentina” es el nombre del Decreto 70/2023 anunciado por el presidente Javier Milei en la noche del miércoles, con una serie de artículos que apuntan a una transformación radical y sin precedentes del funcionamiento económico de la Argentina.

Además de cuestiones candentes para el conjunto de la sociedad, como el funcionamiento de la salud, las normas que regulan la relación laboral y la ley de alquileres, el DNU —que provocó asombro por su alcance y una protesta espontánea con cacerolas en varios puntos de la Ciudad de Buenos Aires— pone el foco en varios aspectos que regulan la actividad de turismo. 

En primer lugar, la derogación de la Ley de Agentes de Viajes, la Ley de Hotelería y de Tiempo Compartido. Asimismo, la cesión de Aerolíneas Argentinas y Austral a los empleados de ambas compañías, y una política de cielos abiertos que cambia completamente el posible futuro de la actividad aerocomercial en la Argentina.

Dice el decreto:

“Que no es posible desconocer la importancia que el desarrollo del turismo tiene en el crecimiento económico del país, más aún cuando se cuenta con atractivos turísticos inigualables y en un contexto de creciente globalización.

Que, en este sentido, la derogación de la Ley N° 18.829 [Ley de Agentes de Viajes] es fundamental para incrementar la oferta de desarrollos turísticos, quedando la actividad plenamente desregulada, redundando en una mayor competencia entre las empresas del sector y en beneficio de los ciudadanos.

Que, de igual modo, es menester derogar las Leyes N° 18.828 [Ley de Hotelería] y N° 26.356 [Tiempo Compartido] a los efectos de liberar la actividad de alojamientos turísticos de carácter privado y reducir su carga burocrática. […]

Que la adopción de las medidas que aquí se disponen debe ser inmediata para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pone en riesgo el normal funcionamiento del país y sus instituciones”.

Más adelante, afirma “que, en otro orden, la política aeronáutica argentina ha limitado fuertemente el desarrollo de la industria aerocomercial, pilar fundamental no solo de su integración federal, sino fundamentalmente del desarrollo económico y turístico.

Que, por eso, es imperativo un reordenamiento integral de la legislación aerocomercial para dotar al mercado de un entorno competitivo que otorgue la suficiente flexibilidad para llegar a todas las ciudades argentinas.

Que estos objetivos requieren derogar la Ley N° 19.030, el Decreto – Ley N° 12.507 del 12 de julio de 1956 y el Decreto N° 1654 del 4 de septiembre de 2002, e introducir modificaciones en el Código Aeronáutico; todo ello con el fin de mejorar radicalmente la competitividad en el sector.

Que, con el mismo objetivo, se introducen modificaciones a las Leyes Nros. 26.412 y 26.466 a los fines de permitir la transferencia de las acciones de Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima a sus empleados.

A continuación, se hace mención a que “el despegue, la circulación y el aterrizaje de aeronaves es libre en el espacio aéreo argentino, en cuanto no fueren limitados por la legislación vigente. El tránsito será regulado de manera que posibilite el movimiento seguro y ordenado de las aeronaves. A tal efecto, la autoridad aeronáutica establecerá las normas generales relativas a circulación aérea.”

“Los servicios esenciales de navegación aérea serán prestados conforme la reglamentación vigente. La autoridad regulatoria y de contralor fiscalizará a los prestadores de los servicios de navegación aérea, bajo los principios de garantía de la seguridad, libre competencia y acceso a los mercados. Los servicios estarán sujetos al pago de tasas, conforme reglamentación vigente. La defensa del espacio aéreo y su control policial es potestad exclusiva del Poder Ejecutivo Nacional”.

“Los servicios aeroportuarios en la República Argentina, serán regulados y fiscalizados por la autoridad aeronáutica. La autoridad aeronáutica reglamentará la prestación de los servicios esenciales aeroportuarios, bajo los principios de garantía de la seguridad, libre competencia y acceso a los mercados.

Se considera como servicio aeroportuario a todo aquel prestado en el ámbito de un aeropuerto, con excepción de los servicios de navegación aérea tratados en el capítulo respectivo. Se entiende por servicios esenciales aeroportuarios a los servicios de rampa en general.”

“Toda aeronave tripulada debe tener a bordo un piloto habilitado para conducirla, investido de las funciones de comandante. Su designación corresponde al explotador, de quien será representante. Cuando no exista persona específicamente designada, se presumirá que el piloto al mando es el comandante de la aeronave. En las aeronaves no tripuladas el piloto a distancia será el comandante de aquellas. Las aeronaves conducidas por inteligencia artificial serán objeto de una reglamentación especial”.

“Los servicios de transporte aéreo regular o no regular serán ejecutados por empresas autorizadas por el Poder Ejecutivo Nacional. […] La autorización para operar en una ruta no importa exclusividad. Las autoridades competentes promoverán reglas de sana competencia, conforme los principios de libertad de mercado”.

“La aprobación de los itinerarios, frecuencias, capacidad del sistema y horarios correspondientes a los servicios de transporte aéreo regular interno e internacional en todos los casos, serán sometidos a autorización previa del poder ejecutivo nacional.”

“Las tarifas son libremente dispuestas por las empresas y sin ninguna restricción. Estas deberán ser registradas ante la autoridad competente al solo efecto de dar a conocer los términos, condiciones, penalidades y restricciones de cada una de ellas. Se entenderá por tarifa la contraprestación que recibe el transportador a cambio de servicio de transporte. Se excluye de dicho término, todo impuesto, tasa y/o penalidad que deba abonar el pasajero.”

“El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará y llevará adelante una política de aviación civil que permita su crecimiento, bajo los principios de la seguridad y la libertad de mercado, conforme a los acuerdos con terceros estados. En el marco de los permisos aerocomerciales internos e internacionales, la República Argentina fomentará entre los operadores aerocomerciales nacionales y extranjeros el libre acceso recíproco a los mercados aerocomerciales y la conectividad internacional y de cabotaje.”

“Las empresas extranjeras podrán realizar servicios de transporte aéreo internacional, de conformidad con las convenciones o acuerdos internacionales en que la Nación sea parte, o mediante autorización previa del Poder Ejecutivo. El procedimiento para tramitar las solicitudes será fijado por el Poder Ejecutivo quien establecerá un régimen de autorizaciones donde se analice la conveniencia, necesidad y utilidad general de los servicios cuando corresponda, conforme a los principios de libertad de mercado y/o los acuerdos bilaterales o multilaterales suscriptos. La autoridad aeronáutica establecerá las normas operativas a las que se ajustarán los servicios de transporte aéreo internacional que exploten las empresas extranjeras. Los itinerarios, capacidad, frecuencias y horarios correspondientes a los servicios de transporte aéreo internacional regular, en todos los casos, serán sometidas a la aprobación operativa previa de la autoridad aeronáutica”.

En cuanto a Aerolíneas Argentinas y Austral, autorízase la cesión, parcial o total, del paquete accionario de Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas – Cielos del Sur S.A. y de sus empresas controladas, a los empleados de las respectivas empresas de conformidad con el Programa de Propiedad Participada”.

“La cesión de los nuevos derechos se prorrateará entre los empleados que decidan participar en dicho programa de ampliación. Los empleados que participen de más de una de estas empresas deberán optar por su participación en una de ellas”.

Un marco solemne

El anuncio se efectuó después de la primera prueba de fuego del gobierno en las calles, con una marcha masiva en el centro de la Ciudad de Buenos Aires y la aplicación del protocolo antipiquetes. Se puede decir que Milei y su ministra Patricia Bullrich salieron airosos. Pero pocas horas después, una serie de concentraciones espontáneas y cacerolazos saludaron la difusión del DNU, que a lo largo de 83 páginas no deja títere con cabeza en la hasta ahora ultrarregulada economía argentina. 

Los primeros titulares de los diarios dieron cuenta de las reacciones iniciales a las medidas: “Ningún presidente se animó a tanto en tan poco tiempo”, sintetizó La Nación. Sin que nadie dude de la afirmación, a partir de ahora habrá que esperar la respuesta. Por lo pronto, FAEVYT la había anticipado en un comunicado donde, días atrás, se atajó afirmando que “nuestra Federación está preparada para proponer alternativas que protejan y contengan los intereses de los agentes de viajes y turismo. Estamos trabajando alineados con la CAT para encabezar el debate en cada mesa de trabajo sobre cualquier posible cambio de paradigma. Unidos vamos a seguir defendiendo el potencial, influencia y aporte que realiza nuestro sector a la economía del país”.

2 Comentarios

  1. Excelente!
    Vendo un destino que solo puede llegarse con una linea aerea extranjera. Hay que soportar tarifas carisimas. Esta temporada perdi muchos viajes de familias, que el solo el aereo triplicaba el precio de los servicios terrestres. Dos lineas aereas dejaron de venir a Argentina despues de la Pandemia, por tantos problemas y regulaciones para llegar a Argentina.
    La competencia de elegir entre precios de tres lineas aereas, nos permitia trabajar con buenos beneficios. Por razones obvias, no nombro ni destino ni linea aerea, ni mi nombre ni mail comercial, pues encima de que son los unicos, tratan mal a las agencias . Capaz no me venden mas un pasaje…. extorsion.

    • Me parece muy bien ; ahora que Aerolineas se ponga los pantalones y comiencen a laburar , los ñoquis de la campora también y con respecto a Turismo de la Nación , siempre se ocuparon de investigarnos las Agencias que teniamos legajo y del monton de truchas que no tienen legajo , bien gracias.
      Vamos a tener que aguantarnos , no va a ser facil , pero vamos a salir adelante !

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