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El Gobierno aprueba un reglamento transitorio de slots y ANAC simplifica la notificación de vuelos

La Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía aprobó, mediante la Resolución 43/2025, el Reglamento Transitorio de Asignación de Slots para vuelos nacionales e internacionales. La norma regirá para todos los servicios regulares de pasajeros y carga hasta el 31 de octubre de 2025 (con posibilidad de prórroga) y reglamenta el Decreto 599/2024 sobre acceso a los mercados aerocomerciales.

Según el comunicado oficial, el reglamento fue elaborado en colaboración con IATA, ACI y Aeropuertos Argentina, y adopta estándares internacionales —inspirados en las Directrices Mundiales de Slots Aeroportuarios (WASG)— para transparentar la asignación, reforzar la seguridad operacional y promover la competencia. Se define el slot como el permiso para despegar o aterrizar en fecha y hora determinadas.

La Secretaría informó que, antes de esta medida, no existía un régimen específico de asignación y que las decisiones se tomaban de manera discrecional. El nuevo esquema incorpora la declaración obligatoria de la capacidad aeroportuaria, habilita la comercialización privada de slots entre aerolíneas y establece un régimen de penalizaciones y devolución cuando no se cumplan las pautas técnicas, con la posibilidad de reasignación a otra empresa.

El reglamento comenzará a implementarse en el Aeroparque Jorge Newbery, declarado aeropuerto “facilitado” porque la demanda de vuelos supera la oferta. Aunque la norma es de alcance general, la aplicación inicial en Aeroparque busca actualizar el reparto de slots para atender la operación y permitir más vuelos. La medida se enmarca en el paquete de desregulación del sector aerocomercial impulsado por la cartera económica.

En paralelo, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) publicó la Resolución 567/2025, que simplifica el procedimiento de información de operaciones de vuelo en todo el país para servicios regulares, no regulares y especiales. El objetivo —según el organismo— es ordenar, transparentar y agilizar trámites, reducir costos administrativos y dar mayor previsibilidad a las empresas, manteniendo la fiscalización y los estándares de seguridad.

Con la nueva resolución, se reducen las autorizaciones para volar entre destinos nacionales: los operadores informarán regularmente por correo electrónico a la Autoridad Aeronáutica, sin requerir autorización previa. Para vuelos internacionales, se aplicará el mismo procedimiento y, si no hay respuesta en un plazo determinado, quedarán automáticamente habilitados. Las compañías extranjeras deberán acompañar certificados de operación, aeronavegabilidad y seguros conforme a la normativa argentina.

ANAC estableció, además, plazos para informar reprogramaciones o cancelaciones, junto con un informe semanal obligatorio sobre las causas de cualquier modificación en los vuelos programados. El organismo controlará el cumplimiento y aplicará sanciones en caso de faltas o infracciones.

Ambas decisiones se inscriben según los comunicados en la agenda de modernización y desregulación del sistema aerocomercial, que incluye cambios en acceso a mercados, capacidad y frecuencias, registro de aeronaves, remoción de aeronaves, aviación no tripulada, régimen sancionatorio y otorgamiento de licencias, entre otros.

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