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ANAC actualiza normas de licencias e incorpora inspecciones remotas

La Administración Nacional de Aviación Civil avanza en la actualización de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil y aprobó un nuevo procedimiento para realizar inspecciones remotas. Las medidas apuntan a modernizar procesos, reducir tiempos operativos y fortalecer la supervisión del sistema aeronáutico.

La Administración Nacional de Aviación Civil anunció una serie de medidas orientadas a modernizar la normativa y los procedimientos de control del sistema aeronáutico argentino. Por un lado, el organismo avanza en la actualización de las Partes 61, 141, 142 y 147 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC). Por otro, aprobó un nuevo procedimiento que habilita la realización de inspecciones remotas en distintos procesos de certificación, fiscalización y vigilancia.

Según informó el organismo regulador, la actualización normativa alcanza el régimen de licencias y habilitaciones de pilotos, así como los requisitos aplicables a Centros de Instrucción, Centros de Entrenamiento y centros de formación técnica aeronáutica. El objetivo es brindar mayor claridad regulatoria, simplificar procesos y continuar alineando la normativa argentina con estándares y prácticas internacionales.

Entre los principales cambios previstos en la RAAC Parte 61, vinculada a licencias y habilitaciones, se incorpora la licencia de Piloto de Aeronave Deportiva Liviana (LSA), una nueva categoría contemplada por estándares regionales. También se simplifican requisitos asociados a habilitaciones de tipo para aeronaves, con el fin de evitar duplicaciones innecesarias en los procesos de formación y entrenamiento, sin afectar los estándares de competencia ni la seguridad operacional.

La actualización contempla además adecuaciones en los procesos de equivalencia para personal proveniente de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. De acuerdo con ANAC, la medida busca fortalecer los mecanismos de verificación de competencias y experiencia para la obtención de licencias civiles, en línea con los criterios de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).

El organismo también introducirá mejoras en la redacción y organización de distintos capítulos de la normativa, con el propósito de facilitar su interpretación y aplicación práctica por parte de la comunidad aeronáutica. En ese marco, se prevén ajustes en la figura del Examinador de Vuelo, dentro del esquema de autoridad delegada que impulsa ANAC.

Las Partes 141 y 142 actualizan las exigencias para Centros de Instrucción y Centros de Entrenamiento de Aeronáutica Civil. Los cambios permitirán adecuar programas y requisitos a la nueva versión de la Parte 61 e incorporar programas de formación para pilotos conforme a los criterios vigentes para el otorgamiento de licencias y habilitaciones.

En paralelo, la modificación de la Parte 147 incorpora adecuaciones para los centros de formación técnica aeronáutica, en línea con los cambios introducidos en los centros de instrucción y entrenamiento. Las reformas también apuntan a fortalecer los sistemas de registro y trazabilidad de la instrucción, avanzar en la digitalización de procesos y consolidar requisitos que antes estaban dispersos en normativa complementaria.

La segunda medida anunciada por ANAC es la aprobación de un procedimiento para realizar inspecciones remotas dentro del sistema aeronáutico. Esta herramienta permitirá que determinadas verificaciones vinculadas a explotadores aéreos, organizaciones aeronáuticas, talleres, centros de instrucción, aeronaves y procesos de certificación puedan efectuarse sin necesidad de traslados físicos, siempre que las características del control lo permitan.

El organismo aclaró que las inspecciones que requieran verificación física de productos aeronáuticos, instalaciones, documentación o datos específicos continuarán realizándose de manera presencial por razones de seguridad operacional.

Según ANAC, el nuevo procedimiento permitirá optimizar recursos económicos, logísticos y de personal, reducir costos operativos y acortar los tiempos vinculados a certificaciones, habilitaciones y aprobaciones regulatorias. También ampliará la capacidad de respuesta y supervisión del organismo, al facilitar múltiples controles en plazos más breves.

La metodología establece criterios técnicos homogéneos para evaluar previamente si una inspección puede realizarse en modalidad remota. Entre los aspectos a considerar figuran el tipo de proceso, la complejidad de la inspección, la posibilidad de verificar evidencia a distancia y las condiciones operativas necesarias para garantizar un control adecuado.

ANAC remarcó que las inspecciones remotas tendrán la misma validez técnica y jurídica que las presenciales, con idénticos efectos regulatorios, siempre dentro de los requisitos previstos por las RAAC y los lineamientos de la OACI.

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